Actualización RTE - ESAL
De acuerdo a lo señalado en el artículo 364-5 del E.T. las entidades sin ánimo de lucro y del sector cooperativo clasificados en el RTE deberán actualizar anualmente la información en el registro web, en los primeros 3 meses de cada año, iniciando a partir del año 2019.
Es importante precisar que el concepto de actualización comprende dos aspectos, a saber:
1. La actualización de la información en el registro web, cuya periodicidad es anual.
2. La actualización de la calidad contribuyente pertenecientes al Régimen Tributario Especial en el RUT a que se refiere el artículo 356-3 del E.T., adicionado por el artículo 149 de la Ley 1819 de 2016, la cual se hace con la presentación de la declaración de renta como contribuyente del RTE.
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